Cláusula suelo
Qué podemos hacer
La conocida como “cláusula suelo” comporta un desequilibrio contractual importante que desvirtúa la esencia del contrato de préstamo a interés variable , que no es otra que el tipo de interés varíe en función de las fluctuaciones del mercado conforme al índice pactado.
Con la incorporación de esta cláusula la variabilidad del tipo de interés desaparece para convertir al préstamo en la práctica en una operación a interés fijo y que, en todo caso, se utiliza para lograr un incremento artificial del tipo de interés ante las tendencias bajistas del mercado hipotecario, beneficiándose de ello el Banco o Caja en perjuicio de los intereses del consumidor.
Estas consideraciones, convierten la citada cláusula en abusiva por aplicación del artículo 82 y siguientes del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, y por tanto ha de ser sancionada con la nulidad de pleno derecho y tenerse por no puesta en el contrato.
¿Qué documentación necesito para saber si tengo «cláusula suelo»?
Una copia de la escritura de constitución de hipoteca y los recibos que mensualmente viene abonando, son suficientes para verificar si es uno de los afectados.